Este jueves 18 de marzo, el Congreso de España aprobó un controvertido proyecto de ley: la regularización de la eutanasia.
Con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones, la ley de eutanasia entrará en vigor en España en tres meses, sumándose así a los otros cuatro países que la regularon: Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Canadá. En tanto, Nueva Zelanda le dará curso en noviembre, y en partes de Estados Unidos y Australia también está permitida.
Sin embargo, la eutanasia se rige por condiciones específicas para poder ser solicitada, a modo general, el paciente debe “sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante”.
Según informa El País, la norma se refiere tanto a la eutanasia en sí -“administración directa al paciente de una sustancia por parte del profesional sanitario competente”-, como en el denominado ‘suicidio asistido’ -“la prescripción o suministro al paciente por parte del profesional sanitario de una sustancia, de manera que este se la pueda auto administrar, para causar su propia muerte”-.
Si bien esta ley española es considerada más “garantista” que las de otros países, se estableció un protocolo de solicitud que puede demorar más de un mes desde que el paciente la solicita.
El primer paso es que el afectado manifieste por escrito -dos veces en 15 días- su intención de someterse a este procedimiento, dejando en claro que fue una decisión libre y no como resultado de “una presión externa”.
También debe dejar establecido que tuvo a su disposición toda “la información que exista sobre su proceso médico, las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluida la de acceder a cuidados paliativos integrales comprendidos en la cartera común de servicios y a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia”.
Otro detalle importante, es que el solicitante puede cambiar su decisión en cualquier momento, e incluso retrasar el procedimiento todo el tiempo que quiera.
Una vez realizados los escritos por parte del afectado, su médico debe trasladar la petición a la comisión autonómica correspondiente, que determinará qué dos profesionales, ajenos al caso, examinarán la petición, y, posteriormente, aprobará o rechazará la petición. Esta comisión, formada por al menos 7 personas entre profesionales juristas, médicos y en enfermería, deben responder en 19 días.
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