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viernes, 5 de abril de 2024

Ola Bini fue sentenciado a un año de cárcel y deberá pagar más de USD 1 800


Con base en los elementos probatorios presentados por la Fiscalía General del Estado en la audiencia de apelación, la Sala de la Corte Provincial de Pichincha revocó la sentencia de primera instancia en la que se ratificaba el estado de inocencia del ciudadano sueco Ola Bini.

Con voto de mayoría, los jueces aceptaron el recurso de apelación presentado por Fiscalía e impusieron la pena privativa de libertad de un año para el procesado, y el pago de una multa por el delito de acceso no consentido a un sistema informático, en grado de tentativa.

La jueza ponente, Narcisa Pacheco, señaló –en su resolución oral– que los elementos analizados en la diligencia dan cuenta de que el procesado actuó con conocimiento, voluntad y conciencia, para ejecutar actos idóneos, conducentes –de modo inequívoco– al cometimiento del delito por el que fue acusado por Fiscalía.

“Con esta sentencia, los jueces le imponen una pena privativa de libertad de un año y ordenan el pago de una multa de cuatro salarios básicos unificados (USD 1 840)”, dio a conocer la Fiscalía en su cuenta oficial de X (antes Twitter). 

Bini, de 40 años, fue arrestado el 11 de abril de 2019 cuando se disponía a abandonar Quito con destino a Japón, unas horas después de que el Gobierno de Ecuador, presidido entonces por Lenin Moreno (2017-2021), pusiera fin al asilo de Assange en su embajada en Londres.

Según la Fiscalía, la causa contra Bini, se debía a la sospecha de que el informático había accedido sin autorización al sistema de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) con el objetivo de intentar obtener información del contenido digital de las plataformas de la petrolera Petroecuador y de la antigua Secretaría Nacional de Inteligencia.

No obstante, en ese entonces, la defensa de Bini criticó la acción fiscal y denunció una serie de irregularidades en el proceso que debió haberse sustanciado en 2019, pero que fue suspendido en repetidas ocasiones.

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Autor: Nelson Soria. Con la tecnología de Blogger.

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