El contrato muestra que el país pagó USD $59 millones 904 mil (dólares) a la compañía inglesa e indica que AstraZeneca quedaría libre de cualquier reclamación relacionada con la falta de seguridad o eficacia de su vacuna.
Esta semana, después de meses de espera, fueron revelados los contratos que firmó Colombia con diferentes compañías farmacéuticas para adquirir las vacunas contra el covid-19. Aunque los términos habían sido mantenidos de manera confidencial por petición de los laboratorios, un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó revelarlos a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), tras las solicitudes hechas por el Instituto Anticorrupción, junto a otras organizaciones como Alianza Más Información Más Derechos.
Gracias a esas peticiones, esa entidad reveló que el Gobierno pasado pagó más de $4,5 billones (pesos colombianos) por las vacunas compradas a Jansen, Pfizer, Moderna, Sinovac, AstraZeneca y a la Alianza Gavi.
En el caso del contrato firmado por el Gobierno de Iván Duque con la compañía inglesa AstraZeneca, hay varios detalles llamativos. El primero es el precio. El documento, celebrado entre el Fondo Nacional de gestión del Riesgo de Desastres y AstraZeneca Uk Limited, con sede en Cambridge, Inglaterra, señala que Colombia pagó US$6 por cada dosis.
En total, el país canceló, aproximadamente, 9 millones 984 mil dosis, cuyo valor total fue de USD $59 millones 904 mil (dólares), algo así como $221 mil 453 millones 107.200 (pesos colombianos) Como se sabe, el esquema inicial ofrecido por AstraZeneca constaba de dos dosis de 0,5 ml, que debían ser administradas cada 28 días.
Según el contrato, el comprador asumió varias responsabilidades. Desde declarar la importación y pagar los impuestos de importación, hasta del traslado desde el puerto de entrada hasta el punto a donde iban a ser llevadas las vacunas.
Así se hizo el pago de las vacunas
Por otra parte, la facturación de las vacunas se pactó de la siguiente manera: un pago inicial del 60% del precio total de la compra cuando le dieran la aprobación de emergencia de la vacuna en Colombia o cuando alguna de las siguientes agencias regulatorias le diera luz verde: la Agencia Reguladora de Medicamentos y Productos Sanitarios (MHRA), la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) o la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
El restante 40% del valor de la compra se debía pagar cuando AstraZeneca confirmara la fecha de la primera entrega de las dosis.
“Adicionalmente, AstraZeneca facturará al comprador los costos de almacenamiento, distribución y destrucción de las dosis, así como los costos y gastos incurridos directamente por o equitativamente asignables a estudios de gestión de riesgo y seguridad posteriores al lanzamiento para las dosis”, se lee uno de los apartados del documento.
En caso de que hubiese un atraso en los pagos, AstraZeneca podría reclamar intereses desde entonces hasta la fecha de pago efectiva, con una “tasa de interés anual que no supere el menor de 6,25% por encima de la tasa de Referencia y la tasa máxima permitida por las leyes aplicables. Cualquier interés será acumulable día a día”.
AstraZeneca, se lee en el contrato, también tenía derecho a suspender sus obligaciones de manera inmediata hasta que los montos no pagados sean cubiertos en su totalidad.
Distribución y posible “producto defectuoso”
Respecto a la entrega, distribución y almacenamiento, el contrato dice que AstraZeneca debía notificar al Gobierno colombiano con al menos 30 días de anticipación el momento en el que tenga previsto que las dosis estén disponibles.
Así mismo, el documento indica que el Gobierno sería el responsable de todos los costos de almacenamiento.
En caso de que el producto estuviera defectuoso, el camino a seguir que pactaron AstraZeneca y Colombia fue usar “sus esfuerzos respectivos razonables para resolver ese desacuerdo” en el menor tiempo posible.
Para ello, cualquier parte podía presentar una muestra del producto para que un laboratorio independiente hiciera pruebas para determinar cuál era su condición al momento de la entrega. Los costos de esas pruebas debían ser asumidos por Colombia. Si se demostraba que el producto era defectuoso, la compañía debía cambiarlo por una cantidad idéntica del “producto correcto”
“Siempre que no exista dolo o culpa grave de AstraZeneca, dicho producto de reemplazo se facturará al comprador, al precio estipulado”.
“En caso de que se requieran estudios de gestión de riesgo o de seguridad posteriores al lanzamiento para la vacuna, por el Invima u otra agencia regulatoria, AstraZeneca facturará al comprador todos esos costos y gastos incurridos por esas actividades (...) y los incluirá en los pagos que deberá realizar el comprador”
Propiedad intelectual y responsabilidad por problemas de seguridad
Uno de los puntos claves de los contratos con las vacunas tiene que ver con las responsabilidades que asumían las compañías en caso de que hubiese algún inconveniente en relación con la falta de seguridad y eficacia de los biológicos.
En este aspecto, el documento firmado con la farmacéutica inglesa es claro: el Gobierno colombiano debe liberar a AstraZeneca de cualquier reclamación relacionada con la falta de seguridad o eficacia de la vacuna “sujetándose al cumplimiento por parte de AstraZeneca de requisitos regulatorios aplicables en el territorio para un producto pandémico limitado para su fabricación”.
También lo excluye de cualquier reclamación en caso de que haya retrasos en la entrega de las vacunas.
Respecto a la propiedad intelectual, el contrato aclara que AstraZeneca no otorgará ningún derecho al comprador, titularidad, licencia o interés en los derechos de propiedad intelectual de la vacuna.